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Elecciones del BPS


elecciones BPS


El próximo 13 de marzo se realizarán las elecciones del BPS para elegir los representantes sociales para integrar el Directorio del organismo que está formado por cuatro miembros designados por el Poder Ejecutivo y tres Directores sociales electos por los órdenes de afiliados: trabajadores activos, jubilados y pensionistas y empresas contribuyentes.
 
Hace poco informábamos que ya se había confeccionado el padrón de las elecciones del BPS  y luego pasamos más información, con la que esperamos sacarte algunas dudas, sobre el plan circuital de las elecciones del BPS de 2016.

¿Quiénes están obligados a votar en las elecciones del BPS?




TRABAJADORES ACTIVOS 
Votarán los trabajadores dependientes que sean mayores de 18 años de edad al 30 de junio de 2015 y hayan mantenido su condición de afiliados durante los 12 meses anteriores al 30 de junio de 2015, o en su caso tengan un periodo máximo de no actividad de 3 días (luego del mismo se considera interrumpida la afiliación a los efectos de la confección de los padrones y la persona no estará habilitada para votar).

JUBILADOS Y PENSIONISTAS
Serán electores las personas que hubieran sido declarados como jubilados, pensionistas por sobrevivencia o pensionistas a la vejez o invalidez al 30 de junio de 2015

EMPRESAS CONTRIBUYENTES 
Serán electores las empresas contribuyentes inscriptas como tales en el BPS antes del 30 de junio de 2015, en tanto se hayan afiliado y mantenido dicha afiliación durante los 12 meses previos, así como que estén al día en el pago de sus obligaciones o de las facilidades concedidas BPS. Las empresas pluripersonales votarán a través del mandatario designado a los efectos de la confección del padrón electoral. Un mismo mandatario podrá tener la representación de un máximo de 10 empresas.

Importante
El voto es secreto, obligatorio y personal dentro de cada orden.
Será imprescindible para poder votar presentar Credencial Cívica.
Al igual que en una elección nacional los lugares de votación serán divulgados por la Corte electoral como ya lo informamos en este artículo .

¿El voto es obligatorio?
Como en las elecciones nacionales, el voto es obligatorio y secreto; y personal dentro de cada orden.
Para votar se deberá exhibir Credencial Cívica, salvo para los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que lo harán con el documento de identidad.
También se puede consultar en las asociaciones, cámaras y gremios en todo el país.

¿Qué ocurre si una persona pertenece al mismo tiempo a más de un orden?
Si una persona estuviera habilitada para votar en más de un orden, deberá hacerlo.
Es imprescindible para votar en cada orden estar incorporado dentro de los padrones electorales correspondientes.

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Hola, si tienes alguna consulta específica sobre el trámite te recomendamos que te comuniques directamente con la oficina correspondiente que figura en el artículo. Saludos y suerte.

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