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Sobre la tenencia de mascotas en edificios


Se suele discutir mucho sobre el tema de la prohibición de la tenencia de mascotas en los edificios y cooperativas de viviendas, pero la ley es muy clara al respecto y resulta que las prohibiciones de animales en un edificio es ilegal, inconstitucional, y hasta viola la Declaración Interamericana de Derechos Humanos.

La ley 18.471 y su reglamentación aclara todo respecto a la tenencia de animales al crear el Registro Nacional de Animales de Compañía y también faculta a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal (Conahoba) para que se encargue de controlar, recibir denuncias y asesorar en el tema.

La Conahoba funciona en Germán Barbato 1371, piso cuatro, apartamento 19. El horario de funcionamiento es de 12 a 17, y por consultas se debe escribir al correo electrónico conahoba@mec.gub.uy o llamar al teléfono 2904 4162.  Por determinación del Presupuesto Nacional, la Conahoba pasará a la órbita del Ministerio de Ganadería, por lo que alguno de estos datos puede cambiar.

La reglamentación de la ley es específica para gatos y perros, y es tan detallada que incluso dice los pasos que hay que dar si una persona tiene una mascota y por una razón de fuerza mayor no puede seguir cuidándola, o si la persona titular de tener esa mascota fallece. También la norma establece las condiciones de maltrato y de abandono, ambos delitos penados por la ley. Además, se establece que cuando se deja a un animal en un lugar que para él sea desconocido o que permanezca sin cuidado de otra persona por más de horas, entonces se configura el delito de abandono.

El texto dice que los animales no son sujetos de derecho, y en cambio se los considera como bienes de propiedad privada sujetos a una normativa especial. Por eso es difícil que se pueda prohibir la tenencia; es como que a alguien le prohíban tener algo que es de su propiedad, es un derecho de toda persona tener una mascota, salvo en dos excepciones: porque por una denuncia la Justicia determine que no se puede tener un animal, y porque la persona se encuentre privada de libertad por orden judicial.

Los dueños de mascotas también tienen reglas que seguir: impedir que el comportamiento del animal genere daños o molestias, llevarlo siempre en la calle con correa y collar, ponerle un bozal si el animal pesa más de tantos kilos, evitar ruidos molestos y encargarse de la limpieza de sus deshechos en espacios privados y comunes.

No hay antecedentes de juicios, ya que la Conahoba envía el parecer jurídico a través de la Policía y las administraciones de los edificios abandonan las prohibiciones sin más problemas.

Comentarios

  1. Y que pasa si aun copropietario se le ocurre alojar a un gato, en la puerta del edificio con caja, mantita y tachitos para alimentos? EN LA PUERTA DEL EDIFICIO!!!!

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  2. Hola
    Con respecto a lo que se establece: "Los dueños de mascotas también tienen reglas que seguir: impedir que el comportamiento del animal genere daños o molestias, llevarlo siempre en la calle con correa y collar, ponerle un bozal si el animal pesa más de tantos kilos, evitar ruidos molestos...". A mi entender es todo chachará, vivo en un complejo y es un asco transitar por las calles y nadie se ciñe a nada. Las autoridades no se involucran porque cada paso que se da todo esta ajustado a un derecho y al final queda en foja cero todo. Ahora no sólo me tengo que cuidar de los delincuentes sino también evitar que me muerda un perro y no quedar con alguna discapacidad.

    gracias por el espacio!
    saludos!

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  3. Buenas tardes, integro una cooperativa de vivienda y quiero saber si al momento de ocupar es posible me prohiban traer mi mascota? es legal hacerlo? o puedo agarrarme de la ley que no corresponderìa. Muchas gracias

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  4. buenas tardes, integro una cooperativa de vivienda y quiero saber si es legal si quieran prohibirme habitar con mi mascota? me hablan que serìa lo que la mayorìa decidiera. Me podrìan asesorar de que agarrarme para que me lo prohiban? Muchas gracias.

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  5. Preocupate mas por los cientos de miles de perros sueltos en las calles y caminos nacionales. Son jurias salvajes muchas veces.
    Discapacidad? Considerando la.cantidad de perros en Uruguay y la frecuencia de.veces que alguien queda.con uma discapacidad, tenesas chances de ganar el 5 de oro.
    No seas exagerado/a ni dramatico para patalear.

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  6. Es tercermundista no permitir tener tu mascota en un edificio. Vamos 30 años atrasados. Lo más importante es que los "amos" de la mascota sean responsables y es en eso que debe hacerse hincapié

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  7. Es tercermundista no permitir tener tu mascota en un edificio. Vamos 30 años atrasados. Lo más importante es que los "amos" de la mascota sean responsables y es en eso que debe hacerse hincapié

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