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Renovar pasaporte

Para renovar el pasaporte tenemos que hacer unos cuantos trámites. Este es el documento que acredita nuestra identidad y lo habilita a viajar según normas establecidas, en convenios internacionales por lo que la renovación del pasaporte es fundamental a la hora de viajar a otros países.

¿De quién depende?
 Ministerio del Interior (Administración Central)
 Dirección Nacional de Identificación Civil

¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
En Montevideo:
Dirección: Bartolomé Mitre 1434 esquina 25 de mayo
Teléfono: 152 3740 o 152 3748
Correo electrónico: dnic-rrppyp@minterior.gub.uy
Horario de atención al público: lunes a viernes de 07:30 a 12:00 y de 13:00 a 18:00 horas.
Los horarios de expedición de audiencias:
Trámite Común: lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas.
Trámite Urgente: lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas (cupos limitados, dependiendo de la demanda)

En el Interior:
En Oficinas Departamentales de Identificación Civil (excepto Colón, Geant, Las Piedras y Pando).
Horario de atención al público y expedición de audiencias:
Invierno: lunes a viernes de 13:00 a 18:00 horas.
Verano: lunes a viernes 07:00 a 13:00 horas.

¿Qué se necesita para realizarlo?

Si es ciudadano natural Uruguayo (nacido en el territorio nacional):

Mayores de 18 años:
        Pasaporte anterior.
        Cédula de Identidad vigente y en buen estado.
        Certificado de Antecedentes Judiciales (ex Certificado de Habilitación Policial) expedido por la Dirección Nacional de Policía Científica. Éste se tramita simultáneamente con la solicitud de audiencia de Pasaporte, en el local de la Dirección Nacional de Identificación Civil, que lo gestionará ante el Organismo competente. Si los tiempos no son acordes a las necesidades del usuario, podrá tramitarlo en: Guadalupe 1513 y San Martín, de lunes a viernes de 07:00 a 12:00 hs. y en el interior en Jefaturas de Policía o Seccionales Policiales. Se debe presentar recibo a partir de la fecha de entrega del mismo.
        Persona declarada judicialmente incapaz y sujeto a curatela aunque la misma sea ejercida por uno o ambos padres deberá presentar autorización judicial.
        En caso de personas cuya incapacidad resulte evidente, pero que no están declaradas incapaces, deberá presentar el certificado de Registro Nacional de Actos Personales, Sección interdicciones a los efectos de probar que no tiene incapacidad inscripta.

Menor de 18 años:
        Pasaporte anterior.
        Testimonio de Partida de Nacimiento con menos de 30 días de expedida.
         Cédula de Identidad vigente y en buen estado.
        Autorización expresa de los padres los que deberán concurrir con Cédula de Identidad vigente y en perfecto estado.

Excepciones:

    - Si el menor es casado no tiene que concurrir con los padres, pero debe presentar Testimonio de Partida de Matrimonio con menos de treinta días de expedido.

    - En caso de ausencia de uno o ambos padres:

        Por fallecimiento deberá presentar partida de defunción.

        Encontrándose quien debe prestar la autorización fuera del País, deberá presentar autorización extendida en el Consulado Uruguayo del País donde resida y deberá ser retirado en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay teniendo un plazo de 30 días para su presentación ante esta Dirección Nacional .Por la negación de comparecencia de uno de los padres deberá presentar autorización judicial.

        Por ausencia de uno o ambos padres se podrá presentar poder especial extendido por escribano público y fotocopia del mismo la que se archivara en el expediente.

        Quien ejerza la tutela o tenencia no podrá autorizar; deberá presentar autorización judicial correspondiente.

Si es nacional uruguayo (Ley Nº16021 – Hijo de padre o madre oriental):

Deberá presentar los mismos requisitos especificados para los ciudadanos naturales uruguayos según sean menores o mayores de 18 años.

Nota:
Los menores de edad deben presentar la Testimonio de Partida de Nacimiento cada vez que tramiten el pasaporte, los mayores de edad que ya presentaron su partida de nacimiento del Registro Civil inscripta en el libro de extranjeros, y la misma consta en el expediente de su Cédula de Identidad, no deberá presentarla en pasaporte.

Si es ciudadano legal:

Además de los requisitos especificados para los ciudadanos naturales uruguayos deberá presentar:

    Carta de Ciudadanía expedida por la Corte Electoral, siempre que no obre en los archivos de esta Dirección Nacional.
    Credencial Cívica (si la Carta de Ciudadanía tuviera más de tres años de expedida).

NOTAS:

Aquellas personas que deseen figurar en su pasaporte con el apellido de su cónyuge deberán presentar partida de matrimonio con una antigüedad no mayor a 30 días corridos de expedida.
    Los casos que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores, pueden consultar por el Teléfono: 1523740 o 1523748, personalmente en las oficinas de la Dirección Nacional de Identificación Civil o por correo electrónico: rrpp@dnic.gub.uy
    El pasaporte no retirado por su titular dentro de los 60 días siguientes a su expedición será destruido sin previa comunicación al interesado. (Art. 46 reglamento).

¿Cómo se hace la renovación?

En Montevideo:
El trámite consta de dos etapas:

Solicitud de audiencia y pago del trámite:
        Presentarse en forma personal (titular o un tercero) con cédula de identidad de quien tramitará, Pasaporte anterior y el dinero para abonar el trámite, en caso de menores de 18 años, además se deberá presentar Partida de Nacimiento con menos de 30 días de expedida.
        El día de la gestión solamente podrá realizar el trámite el titular con toda la documentación solicitada.
    Audiencia y obtención del pasaporte:
        Presentarse personalmente día y hora de la cita previamente obtenida con toda la documentación solicitada.
        En el caso de los menores de 18 años deberá concurrir el menor titular acompañado por ambos padres. En caso de ausencia de uno de los padres, deberá concurrir con la documentación detallada anteriormente.
        El pasaporte se retira en el mismo día de la cita.

En el Interior:

    Solicitud de audiencia, pago e inicio del trámite:
        Presentarse en forma personal el titular con toda la documentación solicitada y el dinero, ya que iniciara la tramitación de su pasaporte en ese momento.
    Obtención del Pasaporte:
        Transcurrido el plazo estipulado, (trámite común: 12 días hábiles posteriores a la gestión - trámite urgente: 5 días hábiles posteriores a la gestión), el titular deberá concurrir personalmente a la Oficina correspondiente con Cédula de Identidad y ticket de pago para finalizar la gestión y retirar su Pasaporte.

Tener en cuenta:

    Costo:
        Trámite común: 2 UR.
        Trámite urgente: 4 UR.

    Las reservas de audiencia se realizarán exclusivamente en moneda nacional y en efectivo.
    Se puede renovar hasta 12 meses antes del vencimiento.
    En caso de necesitar renovarlo con anterioridad a los 12 meses se deberá presentar una carta explicando los motivos de esa renovación anticipada, dirigida al Sr. Director Nacional. En Montevideo en la Oficina de Gestión Documental en Rincón 665 1er. piso Horario de Invierno de 13.30 a 18:00hs Horario de verano de 7:30 a 12:00. En el interior se presenta en la oficina correspondiente y se eleva al Director Nacional.

Otros datos de interés:

    Duración/entrega:
        En Montevideo:
            Trámite común: según la demanda.
            Trámite urgente: 2 días hábiles.


    En ambos casos, retira el Pasaporte el día en que realiza la gestión.
         En el Interior:
            Trámite común: Se retira el Pasaporte 12 días hábiles posterior a la gestión
            Trámite urgente: Se retira el Pasaporte 5 días hábiles posterior a la gestión.

    En ambos casos (común o urgente) se realiza la gestión con la documentación completa al momento de obtener la audiencia.

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