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Podrán cambiar de mutualista en 2012, a partir del 1° de febrero y hasta el 28, los afiliados amparados por el Seguro Nacional de Salud (trabajadores, jubilados, sus cónyuges o concubinos y menores de 18 años o mayores con discapacidad) que al 31 de enero tengan 3 o más años de afiliación a una misma institución de asistencia médica.
El trámite deberá realizarse personalmente, en los locales de la nueva Institución que elija ya sea ASSE, mutualista, o seguro privado integral.
Para el cómputo se tomará en cuenta la fecha de afiliación más antigua. Si existieran en el período interrupciones superiores a los 120 días tomadas en forma individual, se computará a partir del vencimiento de esta interrupción, anulando de este modo el conteo de los períodos de afiliación anteriores.
No podrán hacer uso de esta opción aquellos afiliados que por disposición legal deban tener un tiempo de permanencia mínima en una institución.
También podrán cambiar de prestador en el mismo plazo, los trabajadores que fueron registrados de oficio en la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).
Los docentes de Enseñanza Primaria y Secundaria que, cumpliendo con las condiciones referidas, no tengan actividad en el mes de febrero de cada año podrán hacer reserva del derecho a cambiar de prestador por 30 días corridos contados a partir de la subsiguiente alta laboral.
Los cambios realizados entre el 1 y el 10 de febrero tendrán vigencia a partir del mes de febrero y los que se realicen a partir del 11 de febrero, regirán a partir del 1° de marzo.
Fuente: BPS
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